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Conciliación entre vida laboral
y familiar
El trabajo remunerado
continúa representando la fuente esencial de la seguridad financiera
para las familias, teniendo en cuenta que, a la mayoría de países, la
protección social durante la jubilación o el paro depende en gran
medida de las cotizaciones y de los derechos a las prestaciones
vinculados con la ocupación (Observatoire Européen, 1996a : 43).
Recientemente, los responsables de gobiernos como el del Reino Unido
insisten incesantemente en la importancia del acceso a la ocupación
para las capas más desfavorecidas de la población como salida del
círculo infrenal de la pobreza y como garantía de estabilidad
económica (Observatoire Eropéen, 1998).
No hace bastantes décadas las
sociedades europeas estaban estructuradas en función de una división
dual del trabajo muy cara: los hombres estaban integrados
mayoritariamente en la esfera productiva y efectuaban trabajo
remunerado, lo que loes permitía sustentar a los miembros de sus
familias; por otra parte, las mujeres formaban parte de la esfera
reproductiva, se encargaban mayoritariamente del cuidado de los miembros
dependientes de sus familias, y su trabajo doméstico o familiar, aún
siendo indispensable para la reproducción social, no era formalmente
reconocido, ya que se daba por descontado y no era remunerado. Gracias a
las luchas feministas y a la incorporación masiva de la mujer al
mercado laboral, esta división ancestral del trabajo social se ha
hundido en los últimos años. Las mujeres se han integrado progresivamente
al trabajo remunerado y los hombres, todavía con reticencias, van
accediendo también poco a poco a la esfera reproductiva (Flaquer,
1998d). Se trata de un proceso lento y de largo alcance que
probablemente comportará la reestructuración de muchos aspectos de la
sociedad que, ahora, han permanecido inalterados.
La necesidad creciente
de acceso a la ocupación por parte de todas las personas adultas que
estén en condiciones no ha de hacernos olvidar que, en determinadas
etapas de la vida, conviene que -hombres y mujeres- puedan dedicarse
intensivamente a su vida familiar. Si las prestaciones monetarias
permiten a sus beneficiarios hacer frente adecuadamente a los gastos que
comporta tener una familia y los servicios destinados a las familias
consisten en aportaciones externas en forma de actividad humana, en
cambio las medidas de conciliación entre la vida laboral y familiar
permiten a los propios interesados disponer de tiempo para procurar
ellos mismos las atenciones o cuidados que requieren algunos de sus
familiares dependientes. La idea que hay detrás de esta nueva modalidad
de política familiar, que se ha ido desarrollando a lo largo de los
años noventa, es que no tan sólo esta manera de atenciones serán
dispensadas mejor por los parientes más cercanos, sino que esta
actividad será para las personas implicadas fuentes de enriquecimiento
y de satisfacción. Además, es posible que este arreglo sea al fin y al
cabo mucho más barato que no haber de recurrir a servicios formales
especializados. Según el principio de desmercantilización, los
ciudadanos han de poder dejar de depender del mercado en ciertas fases
de su vida. Si la política familiar tienen como finalidad aportar a sus
beneficiarios determinados recursos, la armonización de la vida
laboral y familiar procura tiempo a los padres para que puedan dedicarse
de manera intensiva al cuidado de los niños durante la etapa en la que
estos lo necesitan más.
Las políticas de
conciliación entre la vida profesional y familiar están formadas por
un conjunto de disposiciones heterogéneas que tienen el denominador
común de arbitrar medidas para que las esferas productiva y
reproductiva estén mejor integradas. Algunas de ellas son bastante
antiguas; otras son de creación muy reciente. Así, la protección de
las trabajadoras embarazadas y los permisos de maternidad existen en
algunos países europeos desde finales del siglo pasado, pero en las
últimas décadas los gobiernos no tan sólo han ido ampliando la
duración del permiso, sino el importe de la prestación económica que
los acompaña. Además, recientemente se han desarrollado una serie de
programas complementarios de excedencia laboral, tanto para los padres
como para las madres, en general no retribuidos. De la misma forma, se
están tomando medidas y estudiando disposiciones para impedir que las
interrupciones temporales o parciales de la vida profesional por motivos
familiares no perjudiquen a aquellas personas que quieran acogerse a
dichos programas. A veces, lo que más conviene es reducir la jornada
laboral en vez de interrumpir la actividad profesional. El desarrollo
del trabajo a tiempo parcial es una forma de fomentar la compatibilidad
entre las atenciones a los hijos y la integración al mercado laboral.
Otro sector importante de actuación es la regulación de los horarios,
ya sea los laborales como los escolares y los comerciales. Se trata
básicamente de evitar incongruencias y desajustes que compliquen la
ejecución de las actividades familiares, ya de por si bastante
difíciles. Algunos autores también consideran dentro del apartado de
la conciliación entre trabajo y familia las políticas de cuidados a
las personas dependientes, ya sean menores, enfermos o gente mayor
incapacitada. Como en este informe ya los he tratado dentro de las
rúbricas de servicios familiares me ahorro el hacerlo ahora.
Uno de los
inconvenientes más graves de este tipo de medidas y prestaciones es que
a menudo van dirigidas más a las mujeres que a los hombres, con la idea
de que serían básicamente ellas las que deberían adaptarse a las
nuevas circunstancias en la medida que continúen participando
doblemente del mundo de la producción y de la reproducción. Así, la
conciliación se debería aplicar sobretodo a las actividades femeninas,
para que pudieran compatibilizar estas dos funciones, la tradicional y
la adquirida hace poco. Si bien es verdad que, ahora, son las mujeres
las que tienen más tendencia a utilizar estas facilidades, lo que puede
reforzar su discriminación en el mercado laboral, también es cierto
que se está abriendo una interesante dinámica por la que los hombres
comienzan a utilizarlas igualmente y por tanto a descubrir un conjunto
de gratificaciones familiares que antes les eran totalmente
desconocidas.
5.1 Las prestaciones por
maternidad y las excedencias parentales
La
Recomendación del Consejo de 27 de julio de 1992 sobre la convergencia
de los objetivos y políticas de protección social invitaba a los
estados miembros de la Comunidad europea a garantizar una protección
social apropiada para las trabajadoras embarazadas, tanto durante el
embarazo como después del parto, para que pudiesen hacer compatible su
actividad profesional con el cuidado de sus hijos. Por otra lado, la
Directiva 92/85 CEE del Consejo sobre la aplicación de medidas para
promover la mejora de la seguridad y de la salud en el trabajo de la mujer embarazada, que haya dado a luz o en un periodo de
lactancia establecía unos requisitos mínimos en lo referente a los
permisos de maternidad, que habían de ser incorporados a las
legislaciones de los estados miembros antes de 1994. Estos requisitos
consistían en un periodo mínimo de baja por maternidad de 14 semanas
sin interrupción, distribuidas antes y/o después del parte. Este
permiso ha de incluir un descanso obligatorio de dos semanas como
mínimo, también distribuidas antes y/o después del parto (López,
1996 : 46).
5.1.1 El descanso y las
prestaciones por maternidad
Los permisos y las
prestaciones de maternidad son los instrumentos de política familiar
más antiguos de todos. Antes de 1905 nueve naciones europeas ya habían
introducido permisos de maternidad no retribuidos: Suiza (1877),
Alemania (1878), Austria (1884), Portugal (1891), Reino Unido (1895),
Bélgica (1899), España (1900), Suecia (1900), Irlanda (1901). Excepto
los casos de Suiza (8 semanas) y Austria (6 semanas), la duración del
permiso era de 4 semanas. Antes de 1900 Bélgica y Alemania introducen
también una prestación económica y alargan la duración del permiso a
6 semanas (Gauthier, 1996 : 51-52). Durante el siglo XX los permisos y
las prestaciones por maternidad se generalizan en todos los países
civilizados, y progresivamente se va actualizando la duración del
periodo de descanso y el importe de la prestación.
La tabla 12 muestra
las disposiciones relativas al descanso por maternidad en diversos
países de la Unión europea en relación a 1990. En la primera columna
figura la duración del permiso de maternidad en semanas, en la segunda
el porcentaje de salario al que tiene derecho la trabajadora que goza
del descanso y en la tercera se ha construido un índice que combina los
datos de las dos columnas anteriores y que nos da el número de semanas
plenamente retribuidas. Los países se han ordenado de más a menos a
partir del valor de este índice.
El análisis de esta
tabla revela que existen tres grandes grupos de países. El primero
está constituido por las naciones escandinavas, encabezadas por Suecia,
que son aquellas en las que las prestaciones son más generosas,
oscilando entre las 25 y las 50 semanas plenamente retribuidas. Un
segundo grupo, integrado por Austria, Italia, Luxemburgo, Holanda y
España, se sitúa en una situación intermedia con 16 semanas pagadas.
El resto de países forma el grupo de cola con menos de 16 semanas
remuneradas.
En segundo lugar, el
Cuadro 6 condiciones de acceso a las prestaciones por maternidad nos
muestra una gran variedad de situaciones. Por un lado, tenemos un escaso
número de países (Italia y Holanda) en los que las prestaciones por
maternidad no está sometida a ningún tipo de cotización previa.
Excepto estos dos casos excepcionales, como que la prestación por
maternidad depende de la Seguridad Social y haber cotizado un cierto
número de meses o semanas antes del parto. La razón de estas
disposiciones es evitar el fraude consistente en una afiliación
apresada a la Seguridad social en caso de embarazo.
5.1.2 Las excedencias
parentales
Uno de los otros
beneficios que ha sido objeto de importantes iniciativas y reformas
desde 1975 son las excedencias parentales. Se trata de un tipo de
prórrogas optativas de los permisos de maternidad para que los padres
puedan atender las necesidades del bebé en las mejores condiciones
posibles. En la mayoría de países estas excedencias están destinadas
tanto para padres como para madres.
Hasta 1975 tan sólo
Austria e Italia disponían de este tipo de excedencias. En los años
siguientes una docena de países fueron probando diversos planes de
excedencias parentales. En la mayoría de países las excedencia no son
retribuidas, pero en algunos de ellos como Bélgica, Finlandia, Francia,
Alemania y Luxemburgo comportan la percepción de transferencias
monetarias por parte de los beneficiarios (Gauthier, 1996 : 177).
En Bélgica, la
excedencia parental forma parte del plan sobre la interrupción de la
carrera profesional que fue aprobado en 1985. Según este plan los
trabajadores empleados en la misma empresa durante el último año
pueden pedir la interrupción de su carrera profesional para un periodo
de ente 6 y 12 meses. Una de las razones por las que se puede solicitar
esta interrupción es para cuidar del bebé. Durante este tiempo los
trabajadores de las diferentes categorías perciben la misma prestación
(Gauthier, 1996 : 177).
Igualmente, en Alemania las
madres tienen derecho a una prórroga de la prestación de 18 meses con
un salario de 600 DM (unas 51.000 ptas.) al mes. Por otro lado, en
Francia existe desde 1985 el subsidio denominado Allocation parentale
d'education, que de hecho representa una excedencia remunerada para
los padres y las madres que tengan al menos tres hijos, uno de los
cuales sea menor de tres años. Para tener derecho a esta prestación
hace falta haber trabajado y cotizado en la
Seguridad Social al menos 2 años de los 10 anteriores al nacimiento y
haber interrumpido la actividad laboral. Esta prestación era de unas
62.000 ptas. al mes en 1988 (López, 1996 : 47). En 1994 se estimaba que
había unos 95.000 asalariados en excedencia parental, o sea
aproximadamente una décima parte de los hogares en los que trabajan el
hombre y la mujer y tienen al menos un niño de menos de tres años.
Suecia es uno de los
países en los que las disposiciones sobre esta cuestión son más
generosas. La originalidad del sistema sueco radica en la integración
de las prestaciones por maternidad y de las excedencias parentales. El
seguro parental sueco es una prestación universal de la Seguridad
Social a la que tienen derecho todos los padres en el momento del
nacimiento o de la adopción de un niño. El seguro cubre el derecho al
permiso, la garantía de vuelta al lugar de trabajo y el derecho a una
prestación financiera durante el periodo de permiso. Los padres tienen
derecho a 450 días de excedencia en total. Estos días pueden ser
distribuidos según la conveniencia de los padres, con la excepción de
los 30 días a los cuales tienen derecho cada uno de ellos. Desde el 1º
de enero de 1995 cada uno de los progenitores tiene derecho a un máximo
de 180 días y un mínimo de 30, o sea 360 días de excedencia pagada en
total. Si el padre o la madre quieren prorrogar la excedencia más allá
del periodo autorizado, hace falta que el otro le de su consentimiento.
Igualmente, así no se aplica en el denominado "mes del
padre", introducido en 1995 con el fin de estimular a los padres a
coger el permiso. Si el padre no utiliza estos 30 días, la madre
tampoco los puede utilizar.
En los países que
prevén la excedencia parental una de las características que más
resalta es la diferencia entre los sectores público y privado. En
algunos países como Irlanda e Italia la excedencia parental sólo se
otorga en el sector público; en otros como Luxemburgo sólo se
garantiza el lugar de trabajo en este último sector. Por lo que al
sector privado se refiere la evolución de los diferentes estados
europeos parece diferente. En la mayoría de los países, el sector no
industrial como la banca y la construcción, parece tener un papel más
importante que el industrial. En cambio, el sector industrial alemán,
incluyendo una industria pesada con la metalurgia, parece tomar la
delantera (Observatoire Européen, 1990 : 172). En el caso de que las
diferencias entre los sectores público y privado se mantuviesen o
ampliasen el resultado podría consolidarse como uno de los numerosos
privilegios de los funcionarios. Al hablar de las excedencias hace falta
tener presente no tan sólo la diferente incidencia de los beneficiarios
en un sector o en otro, sino también su incidencia según la dimensión
de la empresa. Por descontado, las facilidades que pueden tener los
trabajadores para coger una excedencia formal, pueden ser más
considerables en el caso de las grandes empresas que en el caso de las
pequeñas o medianas empresas o bien en el caso de empresas familiares.
Pero, en estos casos puede resultar más ventajoso para el trabajador/a
negociar personalmente con el empresario una reducción de la jornada
laboral.
Para acabar, hace
falta decir que en algunos países como Bélgica la excedencia parental
se inscribe dentro del marco general de disposiciones sobre la
suspensión temporal de la actividad profesional o laboral por razones
personales o familiares, pero no necesariamente por motivo del
nacimiento de un hijo. La dificultad de comparar los diversos sistemas
radica en la complicación que generan estos tipos de interrupciones.
Valdrían sólo unos cuantos interrogantes que hace falta resolver
favorablemente para que estos programas tengan el éxito que se merecen:
¿Quién se hace cargo de la cotización en la Seguridad Social durante
el periodo de excedencia o de suspensión de la actividad profesional?
¿Se computan estos periodos de cara a otros derechos laborales como
ahora la jubilación, promoción interna, puntos para las oposiciones,
etc.? En el momento de la reincorporación del trabajador, ¿se le
garantiza sólo la categoría profesional o bien el lugar de trabajo en
el mismo en el que trabajaba antes?
5.2 Horarios comerciales,
escolares y de servicios públicos
El tema de la
compatibilidad de los horarios ha comenzado a tomar un cierto relieve
dentro del ámbito sobre la reconciliación entre la vida familiar y
profesional a lo largo de los años noventa. Cuando las mujeres ocupaban
mayoritariamente y exclusivamente un lugar dentro de la esfera
reproductiva podían satisfacer más fácilmente las posibles demandas
contradictorias que les planteaba la sociedad. Nos referimos a las
mujeres de clase media, porque las de clase obrera o las campesinas
desde hacía mucho tiempo que iban atareadas tratando de compatibilizar
de la mejor manera posible sus actividades productivas y reproductivas.
Pero, o bien vivían en pequeñas comunidades en un entorno de redes de
parentesco densas, o bien no tenían suficiente poder para situar la
cuestión en la agenda política o bien la sociedad en la que se movían
era tan tradicional que este problema ni tan sólo se suscitaba.
Cuando se aborda el tema de los
horarios comerciales, escolares y en general de los servicios públicos
el dilema que se plantea es el siguiente: ¿Hace
falta fomentar su liberalización o, al contrario, hace falta procurar
que estén estrictamente regulados? Cada una de estas medidas puede
comportar ciertos beneficios para las familias, pero puede ser que no
para todas. Así, si la liberalización de los horarios comerciales
ofrece indudablemente grandes ventajas a los consumidores, su
regulación también puede ayudar a incrementar el tiempo de ocio para
las familias. Cuando hablamos de liberalización máxima queremos decir
dar toda la libertad a los comercios para abran no tan sólo a horas
nocturnas si lo desean, sino para que lo hagan los fines de semana sin
ningún tipo de restricción. En cambio, la regulación sería poner
unos ciertos límites reglamentarios a este tipo de libertad de
horarios. Hay que tener presente que si bien todos los miembros de las
unidades familiares son consumidores potenciales, los hay que también
trabajan en el sector del comercio o del ocio y, por tanto, apostar por
una liberalización total puede perjudicar a aquellas familias en las
que el padre o la madre trabajan en ocupaciones de atención al
público. A menudo las personas que se ganan la vida como vendedores o
camareros también tienen hijos o parejas, y fomentar una libertad total
de horarios puede comportar que deban trabajar en días festivos cuando
podrían compartir el tiempo de ocio con sus familiares.
5.3 Flexibilidad de horarios
laborales
Uno de los cambios
más trascendentales de los últimos años ha sido la inversión de
prioridades de las mujeres de los países industrializados: han dejado
de orientarse preferentemente respecto al mercado matrimonial para pasar
a hacerlo respecto al mercado laboral (Flaquer, 1998c). Esta mutación
ha comportado hasta la fecha un montón de transformaciones sociales,
pero seguramente todavía supondrá muchas otras más en el futuro.
Requerirá una adaptación drástica de las dos principales esferas en
las que hace relativamente poco se dividía de manera rígida la vida
social: la productiva y la reproductiva.
El mundo de la
producción era hasta hace no tanto un ámbito fundamentalmente
masculino y, como tal, las líneas maestras de su organización
continúan delatando los intereses y las necesidades de los hombres. Una
de las modalidades recientes de política familiar consiste en
introducir una cierta flexibilidad en esta organización para que los
implicados hombres y mujeres- puedan hacer compatibles, en las
mejores condiciones posibles, sus responsabilidades profesionales y
familiares.
El trabajo a tiempo
parcial y la posibilidad de la reducción de la jornada laboral son unas
de las medidas más conocidas de reconciliación entre la vida laboral
familiar. Como se puede constatar en la Tabla 14 sobre el trabajo
femenino a tiempo parcial en Europa, las pautas de los países
comunitarios son bastante heterogéneas, pero se pueden desprender unas
cuantas tendencias. En la primera columna figura el porcentaje de las
mujeres que trabajan a tiempo parcial respecto del total; en la segunda,
las mujeres que trabajan a tiempo parcial sobre el total de personas que
trabajan según esta modalidad. Como podemos ver en la columna A, los
países en los que las mujeres trabajan menos a tiempo parcial son los
países mediterráneos, con la excepción de Finlandia; aquellos en los
que trabajan más son Alemania, Dinamarca, Suecia, el Reino Unido y
sobretodo Holanda, que destaca en gran medida sobre el resto. En la
columna B se observa que los países que se encuentran por encima de la
media por lo que se refiere a participación femenina dentro del mercado
de trabajo de tiempo parcial son, por orden creciente, Francia, Reino
Unido, Alemania, Bélgica y Luxemburgo. Los que tienen una
participación masculina más grande son, en cambio, por orden
decreciente, Grecia, Finlandia, Portugal, Italia, Dinamarca, Noruega,
España y Suecia.
Estos datos son
suficientemente ilustrativos para demostrar que en Europa el trabajo a
tiempo parcial es un sector mayoritariamente femenino. Cuatro de cada
cinco lugares de trabajo a tiempo parcial están ocupados por mujeres.
Es, pues, comprensible que el movimiento feminista se muestre reticente
delante del fomento de trabajo a tiempo parcial como solución ideal. Si
son sólo las mujeres las que se aprovechan de estas oportunidades, esto
quiere decir que el peso del ajuste a la nueva situación recae
injustamente sobre ellas y que, además, esta circunstancia dificulta
una participación equitativa de hombres y mujeres en el mercado de
trabajo. De todas formas, si observamos la evolución del fenómeno a lo
largo del tiempo en el conjunto de Europa se abre una pequeña grieta de
esperanza: en los últimos años está creciendo tanto el trabajo a
tiempo parcial entre el total de mujeres ocupadas y está disminuyendo
su participación en el sector. Así, el primer indicador ha pasado en
los últimos cinco años del 27,7% al 31,0% y el segundo ha bajado muy
ligeramente pero regular- del 82,7% al 81,1%.
Otra tendencia que merece un
comentario a parte es el trabajo a domicilio. Una serie de innovaciones
técnicas recientes están permitiendo aquello que hace no muchos años
habría parecido una quimera. De todas formas, esta posibilidad está de
momento reservada a determinadas categorías profesionales de ciertos
sectores económicos. Sobretodo, algunas personas que se mueven en el
ámbito de la gestión o de los servicios pueden
independizarse de la empresa y trabajar on line o en la red desde
su domicilio particular. La ventaja de este arreglo es poder
compatibilizar el trabajo con la atención de los hijos o personas
dependientes. No se trata de ninguna novedad absoluta. Las mujeres
campesinas ya lo hacían desde hacía mucho tiempo y el sistema
industrial tradicional de putting-out o de trabajo a mano se
basaba también en la confusión entre el trabajo familiar y el laboral.
Ahora las categorías que realizan el trabajo a domicilio son de niveles
educativos altos, pero si esta fórmula se llegara a generalizar se
podría hacer el mismo comentario que se ha consignado en relación con
el trabajo a tiempo parcial. De la misma forma que en épocas
predemocráticas el antiguo trabajo a mano estaba relacionado con la
explotación y con la economía sumergida, existe el peligro que ahora
también fuera así. Hay que tener en cuenta que los expertos calculan
en España que la economía sumergida supera el 10% del PIB y podría
llegar hasta el 23%15. Comparativamente España tiene uno de
los sectores de trabajo sumergidos más grandes de Europa y se sitúa
sólo detrás de Grecia e Italia.
Por lo que se refiere
a la flexibilidad del horario de trabajo, se pueden observar tres
estrategias diferentes. La primera consiste en ofrecer un cierto grado
de libertad en la organización del tiempo de trabajo. La gran mayoría
de los estados comunitarios introdujeron este tipo de medidas en todos
los sectores a lo largo de los años 80, aún así a veces la dimensión
familiar ni tan sólo está presente. No obstante, no podemos
menospreciar su impacto sobre la organización familiar. Así, por
ejemplo, se puede citar el caso del sector metalurgia alemán: en vez de
cobrar las horas extraordinarias se pueden registrar en una
"libreta de ahorro de horas", de tal forma que puedan ser
después utilizadas libremente por el trabajador cuando lo necesite por
motivos familiares (Observatoire européen, 1991, p.82).
La segunda estrategia
consiste en una reducción del tiempo de trabajo, en número de horas al
día. Es la estrategia planteada recientemente por el gobierno de Lionel
Jospin, que se proponía avanzar hacia una jornada laboral más
reducida. El objetivo es que la semana laboral sea de 35 horas a partir
del 1º de enero del año 2000 para las empresas con más de 10
empleados. Para conseguir este objetivo el gobierno ofrecerá ayudas de
9.000 FF por trabajador (225.000 ptas.) a todas aquellas empresas que
negocien con las organizaciones sindicales una reducción del tiempo de
trabajo como mínimo un 10% y, a la vez, aumenten su plantilla al menos
un 6%16. Las propuestas de Jospin han forzado un debate en
toda la Unión europea que han culminado en la aprobación de una serie
de propuestas en la cumbre de Luxemburgo sobre la creación de
ocupación, celebrada el noviembre de 1997. De todas formas, las
opiniones de los expertos sobre esta cuestión no son muy unánimes17.
Ahora bien: una cosa es tener dudas sobre si el reparto del tiempo de
trabajo puede contribuir a la creación de lugares de trabajo y la otra
es constatar que la reducción de la jornada laboral puede ser
beneficiosa en términos del incremento del tiempo de ocio de las
familias, que así podrán atender mejor sus necesidades. Además,
plantear el reparto del trabajo entre los que tienen y los que no, en
definitiva quiere decir disponer también sobre la mesa la cuestión del
reparto del trabajo entre los hombres y las mujeres, tema importante
desde hace tiempo para las organizaciones feministas.
La tercera estrategia,
que podemos observar en Bélgica, Alemania, Grecia y Portugal, consiste
en dar carta blanca a los padres para que determinen las situaciones que
requieren su presencia en el hogar como ahora en caso de enfermedad de
un hijo, etc. Teniendo en cuenta que los motivos no están especificados
de manera rigurosa, el tiempo concedido, en términos del número de
días al año, es estrictamente limitado: en Bélgica, es de 10 días
por hijo de menos de 12 años, en Grecia de 6 a 10 días según la
situación de la que se trate. Por otro lado, en Suecia los padres
tienen derecho a 60 días de permiso parental temporal en el caso de
enfermedad de sus hijos o de la persona a la que cuidan
(excepcionalmente 120 días por niño). Los padres o madres sólo tienen
derecho al mismo número de días que los que viven en pareja
(Observatoire européen, 1996d :173 y 1998b :285). Esta estrategia no
comprende los días de permiso complementarios concedidos con motivo de
acontecimientos familiares específicos como el matrimonio, el
nacimiento de un hijo, el cambio de casa, etc. Estas últimas medidas
están previstas en las legislaciones laborales de todos los estados
miembros de la Unión europea (Observatoire européen, 1991 :84).
Apresentação
1 - Introducción
2 - Modelos de políticas
familiares
3 - Prestaciones monetarias y
desgravaciones fiscales
4 - Servicios
dirigidos a las familias
5 - Conciliación
entre vida laboral y familiar
6 - Politicas
dirigidas a familias numerosas
Tablas
y cuadros
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