Políticas dirigidas a familias numerosas

En Europa las ayudas a las familias numerosas se instrumentan básicamente a partir de los subsidios familiares y las desgravaciones fiscales. Hay que recordar que, si en algunos de los programas de subsidios familiares tienen como finalidad dar un soporte genérico a las familias con hijos a cargo, hay otras que incrementan el nivel de las prestaciones a medida que aumenta el número de hijos. Así, los países que dan un soporte adicional a las familias numerosas a través de las asignaciones familiares son: Francia, Alemania, Bélgica, Luxemburgo, Holanda y Grecia. Suecia es uno de los países que ha abandonado recientemente este sistema y ha pasado a otorgar las mismas asignaciones a todos los hijos a cargo, independientemente de su rango. Por lo que se refiere a las desgravaciones fiscales, el sistema francés, en el cociente familiar, es el más generoso de todos al reducir el tipo de base imputable, integrada por la totalidad de la renta familiar, a medida que aumenta el número de hijos. Por lo que se refiere a las deducciones de la cuota del impuesto por hijos son Bélgica, Grecia y España.

Vistos estos planes de protección familiar resulta enormemente insólito nuestro sistema de beneficios para las familias numerosas, que sin dudad representa un anacronismo dentro del conjunto europeo. El trato de determinadas problemáticas familiares asociadas con el número de hijos a partir de programas para la protección de las familias numerosas tiene una larga tradición en la política social española de regusto conservador. Las primeras disposiciones sobre familias numerosas de la clase obrera son de 1926, durante la época de la dictadura de Primo de Rivera. Durante la República el Decreto de 27 de diciembre de 1932 reduce los beneficios de las familias numerosas a la matrícula gratuita y en cambio elimina tanto los subsidios monetarios como las bonificaciones. El sistema actual fecha de la Ley 25/1971 de 19 de junio, de Protección de las familias numerosas, que nos ha permanecido casi intacto después de efectuadas las modificaciones exigidas por la constitución de 1978. Esta actualización no tubo lugar hasta la aprobación del Real Decreto 1801/1995 de 3 de noviembre, que desarrolla la disposición final 4ª de la Ley 42/1994, de 30 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y de orden social, en materia de ampliación del concepto de familia numerosa. Estas nuevas disposiciones, que entraron en vigor el 1º de enero de 1995, ampliaron la consideración de familia numerosa a partir de tres hijos. El programa de beneficios para familias numerosas es estatal, pero está actualmente gestionado por la Dirección General de Acción Cívica del Departamento de Bienestar Social de la Generalitat de Catalunya.

Tienen derecho a título oficial de familia numerosa aquellas con tres o más a cargo tanto si son monoparentales como biparentales; en el caso de familias biparentales los hijos han de ser comunes o los padres estar casados. También tienen derecho las familias con dos o más hijos cuando el padre y/o la madre estén disminuidos o estén incapacitados para trabajar o bien lo estén dos de los hijos. Son hijos a cargo los menores de 21 años o los más grandes de esta edad hasta los 25 incluidos que puedan acreditar que están cursando estudios, haciendo el servicio militar o la prestación social sustitutoria.

Los beneficios que otorga la posesión del título de familia numerosa consisten, básicamente, en la exención o reducción de determinadas tasas (académicas y administrativas) o tarifas (transporte público) y una cierta preferencia en la concesión de préstamos o de la adjudicación de viviendas de promoción pública. Las familias numerosas se dividen en tres categorías según su número de hijos a cargo y su inclusión en cada una de ellas determina el grado de la exención o reducción. Actualmente, los descuentos por las tasas universitarias son las únicas ayudas a las que se acogen mayoritariamente las familias numerosas, mientras que beneficios en transporte público y vivienda son mucho menos utilizados18.

El Consejero de Bienestar Social, Antoni Comas, declaró recientemente que la Generalitat ha propuesto una revisión de la ley estatal de Protección de Familias Numerosas de 1971, que considera que no da respuesta a la problemática actual y que se encuentra "totalmente desfasada". Esta modificación es reclamada también por la Asociación de Familias Numerosas de Catalunya19.

En Cataluña el título de familia numerosa da derecho a la posesión de un carnet familiar, para cada uno de los miembros de la familia beneficiaria, que permite gozar de una serie de ventajas y descuentos al ser presentados a los organismos que los otorgan y en las entidades y comercios adheridos. Este nuevo carnet, con algunas similitudes con el carnet joven para menores de 25 años, está integrado en un paquete de medidas incluidas en un plan de soporte a la familia aprobadas por el gobierno catalán. La Generalitat respondió así a la denuncia de la Asociación de Familias Numerosas de Cataluña en la que manifestaban que se sentían desamparadas por la Administración20.

El carnet familiar ofrece los descuentos en vivienda, transporte público y educación que ya ofrecía el título de familia numerosa, pero además incorpora nuevas ayudas, especialmente en los ámbitos del comercio, la automoción, el ocio, los suministros domésticos de luz, gas y agua, créditos sociales y servicios financieros. Para que las familias conozcan las nuevas ventajas también se distribuye una Guía de recursos y servicios donde constan el primer bloque de prestaciones y se incluyen las 1.500 direcciones de los establecimientos que participan. Los descuentos se sitúan entre el 5% y el 15% y mayoritariamente son del 10%. En el caso de los museos y otros establecimientos de ocio, los descuentos llegan a cotas más altas, de hasta 40%21.

El programa del carnet familiar costó a la Generalitat en 1997 unos 16 millones de ptas., en contraste con el de protección de la familia numerosa (estatal) que sólo comporta para el Departamento de Bienestar Social gastos de gestión, ya que las prestaciones económicas, vía descuentos, corresponde a otras instituciones. Desde su presentación el mes de mayo de 1997 del carnet familiar se ha producido un incremento importante de los títulos oficiales de familia numerosa que dan derechos, han pasado de 27.784 a 43.443 a finales de 1997. De todas formas, la cobertura de este programa continua siendo bastante reducida, que, según el Instituto de Estadística de Cataluña hay unos 160.000 matrimonios con tres hijos o más, sólo se han acogido un 27% del total.

Apresentação
1 - Introducción
2 - Modelos de políticas familiares
3 - Prestaciones monetarias y desgravaciones fiscales
4 - Servicios dirigidos a las familias
5 - Conciliación entre vida laboral y familiar
6 - Politicas dirigidas a familias numerosas
Tablas y cuadros

[anterior]

 

APFN - Associação Portuguesa de Famílias Numerosas

Rua 3A à Urbanização da Ameixoeira, Área 3, Lote1, Loja A, 1750-084 Lisboa

*Tel: 217 552 603 - 917 439 437 - 917 219 197 * Fax: 217 552 604 * apfn@apfn.com.pt